
- 20 días naturales para pagar con el 50 % de descuento. Pagar así significa renunciar a recurrir.
- Los puntos se pierden igual aunque pagues con descuento.
- Si no estás de acuerdo: alegaciones en esos mismos 20 días, pero pierdes el descuento.
- A partir de los 45 días sin pagar, la multa pasa a Hacienda con un recargo del 20 %.
Lo primero: comprueba que la multa es real
La DGT solo notifica por carta o por notificación electrónica (la Dirección Electrónica Vial). Si te llega una multa por correo electrónico o por SMS con un enlace para pagar, es un fraude. No pulses el enlace.
En la notificación real aparecen: la fecha y el lugar, la matrícula, el artículo infringido, el importe y si hay pérdida de puntos.
Los plazos, en orden
| Cuándo | Qué puedes hacer |
|---|---|
| Primeros 20 días naturales | Pagar con el 50 % de descuento, o presentar alegaciones |
| Hasta los 45 días | Pagar el importe completo |
| Pasados los 45 días | La deuda pasa a Hacienda, con un recargo del 20 % |
Si la multa quita puntos y no conducías tú, tienes 10 días para identificar al conductor. No hacerlo es una infracción muy grave.
Pagar con descuento: lo que debes saber
- Se paga el 50 %: una multa de 200 € se queda en 100 €.
- Se puede pagar en la sede electrónica de la DGT, por teléfono, en una Jefatura o en el banco.
- Renuncias a recurrir: el procedimiento se da por terminado.
- Los puntos se pierden igual. El descuento es solo del dinero.
Recurrir: cómo se hace
- Alegaciones (primeros 20 días). Un escrito explicando por qué crees que la multa no es correcta, con pruebas. Al alegar, pierdes el descuento: si te la deniegan, pagarás el 100 %.
- Recurso de reposición, si desestiman tus alegaciones. Hay un mes desde que te notifican la resolución.
- Recurso contencioso-administrativo, ante un juez. Ya conviene contar con un abogado.
Motivos que suelen funcionar
- Errores en la notificación: matrícula, fecha, lugar o artículo equivocados.
- Notificación mal hecha, por ejemplo si nunca llegó a tu domicilio.
- Radar sin certificado de verificación en vigor.
- Falta de señalización del límite o del radar.
- Prescripción: las infracciones leves prescriben a los 3 meses y las graves y muy graves, a los 6.
Motivos que casi nunca funcionan
- “Iba poco por encima del límite.”
- “No me enteré de la señal.”
- “Era una urgencia” (salvo que puedas demostrarla).
Multas por exceso de velocidad
Es la multa más frecuente. Estos son los tramos según la Ley de Tráfico, con ejemplos en las vías más habituales:
| Límite | Velocidad | Multa | Puntos |
|---|---|---|---|
| 50 km/h (ciudad) | 51-70 | 100 € | 0 |
| 71-80 | 300 € | 2 | |
| 81-90 | 400 € | 4 | |
| 91-100 | 500 € | 6 | |
| más de 100 | 600 € | 6 | |
| 90 km/h (convencional) | 91-120 | 100 € | 0 |
| 121-130 | 300 € | 2 | |
| 131-140 | 400 € | 4 | |
| 141-150 | 500 € | 6 | |
| más de 150 | 600 € | 6 | |
| 120 km/h (autovía) | 121-150 | 100 € | 0 |
| 151-160 | 300 € | 2 | |
| 161-170 | 400 € | 4 | |
| 171-180 | 500 € | 6 | |
| más de 180 | 600 € | 6 |
Cuando pasa a ser delito: superar el límite en más de 60 km/h en ciudad o en más de 80 km/h fuera de ciudad. Ahí ya no es una multa, sino un delito del artículo 379 del Código Penal: prisión de 3 a 6 meses, multa o trabajos comunitarios, y retirada del permiso de 1 a 4 años.
Sobre el margen que aplican los radares, lo tienes en radares: cómo funcionan y a qué velocidad saltan.
Otras multas habituales
| Infracción | Multa | Puntos |
|---|---|---|
| Sujetar el móvil con la mano | 200 € | 6 |
| Conducir con auriculares | 200 € | 3 |
| No llevar el cinturón o el casco | 200 € | 4 |
| Saltarse un semáforo en rojo | 200 € | 4 |
| Alcohol por encima del límite | 500-1.000 € | 4 o 6 |
| ITV caducada | 200 € | 0 |
| Estacionar en zona prohibida | 80-200 € | 0 |
Si tu multa es por la ITV, mira ITV caducada: multas y qué hacer.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pagar a plazos? Sí, se puede solicitar el fraccionamiento, aunque entonces pierdes el descuento por pronto pago.
¿Me quitan puntos por aparcar mal? No, la mayoría de las multas de estacionamiento no restan puntos.
¿Prescriben las multas? Sí. Las leves a los 3 meses y las graves y muy graves a los 6, si la Administración no notifica en plazo. Una vez que la sanción es firme, la deuda prescribe a los 4 años.
Fuentes consultadas: DGT – qué hacer si has recibido una multa, RACE – multas por exceso de velocidad.